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Ayudas para la rehabilitación de viviendas en el rural y conjuntos históricos

Las ayudas para la rehabilitación de viviendas en el rural y conjuntos históricos en Galicia, abren su plazo para poder ser solicitadas a partir de mañana día 26 de febrero y hasta el próximo día 1 septiembre. Para este concepto la Consejería de Vivienda y Suelo de la Xunta de Galicia ha destinado un total de 21.850.000 euros, que se repartirán de la siguiente manera: 9 millones en el 2009, 8.590.000 euros en el 2.010 y 4.260.000 euros en el 2.011.

Estas ayudas para la rehabilitación de vivienda y conjuntos históricos, podrán llegar hasta incluso el 50% del presupuesto necesario para realizar la actuación, con una cantidad máxima de 24.000 euros en el caso de las rehabilitaciones y de 30.000 euros para la obras de renovación de viviendas. El importe de la subvención concedida, podrá cobrarse de la siguiente manera: La mitad (50%), al inicio de las obras ó durante el transcurso del tiempo que estas se lleven a cabo, para lo cual habrá que presentar facturas de materiales, trabajos ó las certificaciones de obra. Parar cobrar esta primera mitad de la subvención, será necesario tener la concesión de la cédula de rehabilitación de calidad. El resto de la subvención, la otra mitad restantes, se cobrará una vez la obra haya sido finalizada y se reciba la concesión definitiva de la cédula.

Los trabajos de rehabilitación ó de renovación que serán objeto de poder ser subvencionados, son los siguientes: elementos exteriores de la vivienda de acuerdo a la tipología de la zona, entre los que podemos encontrarnos con carpintería exterior, acabados de fachada, cubiertas, conservación de madera, forja, etc … , elementos estructurales, constructivos y de seguridad, instalaciones, obras de adeucación a las condiciones higiénico-sanitarias, adaptaciones de la vivienda para el uso de personas mayores de 65 años ó con discapacidad y obras de aislamientos de la vivienda.

Podrán optar a este tipo de subvenciones, las personas, familias ó unidades convivenciales cuyos ingresos ponderados no superen los 23.500 euros anuales, además para poder ser beneficiario de esta subvención, la vivienda que vaya ser objeto de rehabilitación deberá ser la residencial habitual del solicitante, y deberá tener una antigüedad mínima de 15 años (poblaciones de hasta 1.500 habitantes)..

Por último indicar que todas aquellas personas interesadas, podrán presentar sus solicitudes en las delegaciones provinciales de la Consejería de Vivienda y Suelo, ó en cualquier registro oficial de la Xunta de Galicia. En cuanto al impreso para la solicitud de la subvención, decir que podrá descargarse en la siguiente dirección www.conselleriavivenda.xunta.es .

Para más información:
Consejería de Vivienda y Suelo

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