El cambio de hipoteca para la ciudadanos de la Comunidad de Madrid, será más barato puesto que la Comunidad de Madrid anunció ayer que bonificará el 100% del impuesto de actos jurídicos documentados para las modificaciones de escrituras sobre préstamos hipotecarios y líneas de crédito, es decir, se producirá una importante rebaja fiscal para todo lo que tiene que ver con las modificaciones hipotecarios, además esto contribuirá a facilitar el trasvase o renegociación de hipotecas a aquellas entidades financieras que mejores condiciones ofrezcan a los hipotecados.
Esta rebaja fiscal para todo lo que tiene que ver con las modificaciones hipotecarias, afectará en primer lugar a las escrituras de cambio del sistema de amortización , en las cuales se bonificará el 100% de la cuota gradual de actos jurídicos documentados para las primeras copias de escrituras públicas en las que se documente la modificación del método o sistema de amortización y cualesquiera otras condiciones financieras de los préstamos hipotecarios, siempre que dichos préstamos estén concedidos para inversión en vivienda habitual, además esta bonificación también afectaría a cualquier otra condición financiera del préstamo que se renegociara como las moratorias o carencias, comisiones, cambios de divisa o penalidades, siempre y cuando las mismas supusieran una novación del préstamo hipotecario.
También hay que indicar que la Comunidad de Madrid, pretende extender esta bonificación del impuesto de actos jurídicos documentados, a otras líneas de crédito con garantía hipotecaria que también se comercializan como producto en las entidades financieras y que a día de hoy no tienen el mismo tratamiento fiscal ni los mismos beneficios fiscales. En este caso lo que propone la Comunidad de Madrid, en el caso de los créditos, es bonificar tanto las operaciones que se refieran a la modificación del método o sistema de amortización como aquellas otras que supongan alteración del tipo de interés pactado o del plazo, es decir, de esta manera, una persona que vaya a su entidad para que le modifiquen el tipo de interés a aplicar ó el plazo de su hipoteca, no tendrá que tributar por ello. Lo que se quiere hacer con estos es que los créditos con garantía hipotecaria gocen los mismos beneficios fiscales que los préstamos hipotecarios.
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