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La nueva Ley de Vivienda de Galicia proporcionará más garantías para los compradores y los usuarios de viviendas

El proyecto de Nueva Ley de Vivienda de Galicia que tramita la Xunta de Galicia, incluye regulaciones orientadas a garantizar el acceso a la vivienda la quien realmente lo necesita, partiendo de los principios de igualdad y transparencia en el acceso a las viviendas protegidas y a las ayudas públicas, al mismo tiempo que establece medidas que aportan seguridad jurídica al mercado inmobiliario y garantías a las personas adquirentes y usuarias de las viviendas, constituyendo así un instrumento que aportará estabilidad y dinamismo al sector y permitirá estimular la promoción y rehabilitación de las viviendas en general y de las protegidas en particular.

Los derechos de los adquirentes y usuarios de viviendas se verán reforzados en la nueva ley gracias a la sistematización de los aspectos referidos a la publicidad, información y regulación del proceso de adquisición o reserva de viviendas cuando se encuentran en construcción o cuando ya están rematadas.

El proyecto de ley establece con claridad los derechos de los consumidores en la reserva de viviendas en fase de proyecto o en construcción, obligando al constructor a no vender la vivienda reservada a terceros y concediendo a la persona que la reservó el derecho a decidir si finalmente compra o no la vivienda reservada. Para que la reserva sea firme el vendedor podrá solicitar del comprador la entrega de un anticipo, que en ningún caso podrá superar el 1% del precio máximo estimado de la vivienda, descontados los impuestos, y que será deducido del precio al realizarse la compraventa. Las cantidades entregadas como reserva serán recuperadas por el interesado si no se puede formalizar el contrato de compraventa por causas imputables al vendedor, si la construcción no llega a iniciarse o rematarse en los plazos establecidos o cuando el precio de venta definitivo supere al máximo inicialmente estimado.

En el caso de cooperativas, las cantidades anticipadas por los socios para adquisición de suelo y construcción de las viviendas so podrán destinarse la ese fin.

En el caso de adquisición o reserva de viviendas en construcción estableciera la obligatoriedad de que la vivienda entregada se corresponda fielmente con el proyecto.

En el caso de viviendas de nueva construcción, ya rematadas, el proyecto de ley establece que los promotores deberán contar antes de la venta con licencia de primera ocupación y, en el caso de viviendas protegidas, con la calificación definitivas de las mismas.

Asimismo, el proyecto de ley establece detalladamente la documentación que el promotor deberá entregar al comprador simultáneamente a la firma del contrato en el que se formalice la compraventa. Esta documentación se refiere a las garantías sobre daños derivados de vicios y defectos en la construcción; el importe del préstamelo hipotecario, sus condiciones y los requisitos para la subrogación; las instrucciones de uso de servicios e instalaciones y las correspondientes garantías; la licencia de primera ocupación y, en el caso de haberlos, los estatutos de la comunidad de propietarios, así como certificados de inexistencia de deudas con la comunidad de propietarios en caso de que esté constituida y la referencia catastral y registral de la vivienda.

Los adquirentes podrán subrogarse en el préstamelo del promotor, siendo por cuenta de este los gastos de cancelación cuando el adquirente opte por no subrogarse en dicho préstamelo.

Los adquirentes de viviendas protegidas también verán reforzados sus derechos con el proyecto de Ley de Vivienda, que prohíbe expresamente que la venta de viviendas protegidas se condicione a la adquisición de otros bienes o anexos no vinculados a la vivienda, de manera que el adquirente de una vivienda protegida so estará obligado a adquirir la plaza de garaje y el trastero vinculados a la vivienda, pero no otros.

Asimismo, el proyecto de ley establece una reducción en el período en que las viviendas protegidas quedan sometidas a restricciones de uso y transmisión, reducción que se realizará en función de las áreas geográficas en las que se emplacen las viviendas, de manera que el plazo será menor en las zonas donde el precio de venta de la vivienda protegida y la libre se aproximan más. Con carácter general los plazos de protección serán de 15 o 25 años, aun que en el caso de las viviendas que cuentan con mayores ayudas públicas, como las de promoción pública o las construidas en suelos urbanizados por la iniciativa pública el plazo de protección será de treinta años.

Finalmente, la futura Ley de Vivienda establece que las viviendas protegidas se podrán descalificar una vez pasada la mitad del plazo de protección que les corresponde y siempre que previamente se devuelvan todas las ayudas recibidas.

Protección del adquirente
Como medida de protección de los adquirentes de buena fe afectados por actuaciones administrativas declaradas ilegales no se podrá proceder a la demolición de una edificación hasta una vez finalizado el procedimiento de responsabilidad patrimonial y que se había puesto la disposición de los perjudicados la correspondiente indemnización.

Por último indicar que otro aspecto novedoso y de especial interes para los adquirentes es el Registro de Promotores que creará la Xunta de Galicia, que será de carácter público y en el que constarán datos fundamentales de los promotores que actúan en Galicia, como nombre, domicilio social, fecha de constitución de la sociedad o de inicio de actividad, relación de medios materiales y personales de los que dispone, relación de obras ejecutadas nos últimos diez años o en curso de ejecución, sanciones y resoluciones judiciales firmes que le afecte y cualquiera otro dato que pueda ser de interés para los adquirentes o usuarios de viviendas.

Este Registro permitirá a los adquirentes de vivienda informarse previamente sobre los promotores de aquellas viviendas que sean de su interés.

Para más información:
Xunta de Galicia

Nuevo reglamento regulador registros públicos municipales de demandantes de vivienda protegida en Andalucía

El nuevo reglamento regulador de registros públicos municipales de demandantes de vivienda protegida en Andalucía, acaba de ser aprobado recientemente por la Junta de Andalucía en Consejo de Gobierno.

Este nuevo reglamento regulador de registros públicos municipales de demandantes de vivienda protegida en Andalucía permitirá a los adjudicatarios rechazar la VPO si no obtienen el préstamo hipotecario, sufren una situación de desempleo sobrevenida o si la vivienda no se ajusta a sus circunstancias familiares. Estas renuncias no se considerarán voluntarias y, por tanto, se les podrá ofertar con posterioridad otra vivienda sin tener que participar en otro procedimiento de selección.

Junto a estas novedades de índole social, el reglamento, que se adapta a la Ley de Autonomía Local, facilita la inscripción en las bases a demandantes que necesiten por causas justificadas una casa, pese a ser propietarios de otra vivienda libre o protegida o inquilinos de un VPO en régimen de arrendamiento. Entre estas causas figuran el aumento de la composición familiar, discapacidad que implique movilidad reducida o dependencia sobrevenida. Estos adjudicatarios han de transmitir el inmueble en propiedad antes de la firma del contrato de la nueva casa, o ponerlo a disposición o ceder el derecho de uso al registro municipal para su posterior adjudicación.

El registro de demandantes de VPO es el sistema vigente en Andalucía para seleccionar a las familias interesadas en optar a las tipologías residenciales de carácter protegido. Los ayuntamientos lo ponen en funcionamiento y mantienen de forma permanente. El nuevo reglamento unifica los criterios para la cuantificación y cualificación de la demanda y establece principios generales en la elección de las personas inscritas.

La normativa también incorpora los nuevos modelos familiares y amplía el propio concepto de unidad familiar. De esta forma, se autoriza a ambos padres, en caso de custodia compartida, la inscripción del menor en sus solicitudes de VPO y se considerará unidad familiar a aquella que integre a personas en situación de dependencia, con independencia de la relación filial que mantenga.
La norma dota además de mayor libertad a los municipios para elegir otros procedimientos de selección de solicitantes, frente a los más comunes utilizados de baremación, sorteo y antigüedad, siempre que se respeten los principios de igualdad y publicidad. Si las bases exigen al demandante más datos, como empadronamiento o residencia en una determinada barriada, esa información adicional podrá otorgar preferencia en la selección, pero no será motivo de exclusión.

Por otro lado, los demandantes podrán mostrar su interés en formar parte de una cooperativa de viviendas como vía para facilitar su elección en estas promociones. También se prevé que la solicitud se pueda realizar en soporte telemático.

El decreto aprobado introduce también novedades en el reglamento de vivienda protegida según lo establecido en la Ley de Autonomía Local. Así, el ayuntamiento pasa a ser la administración competente para la concesión de calificaciones provisionales y definitivas, trámites que con anterioridad realizaba la Junta de Andalucía, lo que simplifica los procedimientos al sector promotor.

Para estar inscrito en el registro municipal y optar a una VPO se exige con carácter general no ser titular de otra vivienda protegida o libre. El nuevo documento recoge excepciones si el adjudicatario posee una vivienda que ha dejado de ser habitable y ha sido declarada como infravivienda o en ruina, si la casa no se ajusta a sus circunstancias familiares o si es titular por herencia o legado de un porcentaje inferior al 25%, siempre que su valor no exceda el 30% del precio máximo de venta fijado en ese municipio para una VPO de régimen general. Con carácter transitorio, también se permite esa excepción a las víctimas de violencia de género o terrorismo.

El reglamento establece que el registro es el sistema de selección de los beneficiarios, aunque les reconoce a los ayuntamientos la posibilidad de utilizar otros procedimientos de elección para el realojo permanente o transitorio por actuaciones urbanísticas de rehabilitación o renovación urbana; la adjudicación de viviendas y alojamientos a familias en riesgo de exclusión social, y para las VPO en alquiler destinadas a entidades sin ánimo de lucro.

Por otro lado, se posibilita la realización de permutas entre viviendas protegidas, aunque la Junta de Andalucía renuncia al derecho de tanteo en estos casos, y se exime de la obligación de formalizar contratos de arrendamiento para las VPO cedidas a entidades públicas u organizaciones sin ánimo de lucro para su ocupación rotativa.

El nuevo decreto da cumplimiento a la Ley del Derecho a la Vivienda y cuenta con el respaldo de los agentes económicos, sociales y profesionales relacionados con el sector.

En resumen un reglamento con una amplio consenso.

Para más información:
Junta de Andalucía

Software para especificar el mobiliario utilizado en proyecto de construcción

CYPE la compañía de software para Arquitectura, Ingeniería y Construcción, ha desarrollado un software que permitirá especificar el mobiliario utilizado en un proyecto de construcción.

Este nuevo módulo denominado “Memoria gráfica de materiales”, es una nueva aplicación que ofrece imágenes correspondientes a las muestras de los materiales y del mobiliario urbano utilizado durante la realización de un proyecto. Con esta nueva herramienta, que supera en calidad y usabilidad a la anterior que era meramente descriptiva, permitirá a los proyectistas contar con los detalles de los materiales empleados –colores, texturas y acabados, entre otros- En concreto, las imágenes han sido cedidas por los propios fabricantes, incorporadas al Generador de Precios de la compañía de software, programa del que tanto el Generador de Presupuestos y Arquímedes obtienen esta información.

Con esta aplicación, los profesionales mejorarán su productividad y eficiencia al permitir realizar un mejor control de los materiales utilizados, así como el aspecto final que tendrán tras la finalización de la obra. De este modo, el nuevo módulo evitará discusiones a la hora de instalar el material, al tiempo que evitará una mala interpretación durante la ejecución de los trabajos.

En resumen una aplicación de gran utilidad para los profesionales del medio.

Salón de la construcción de Galicia 2012 SICO, Vigo

El salón de la construcción de Galicia, SICO 2012 es una de las ferias internacionales que se celebrarán en Galicia este año 2012. Esta salón internacional de la construcción contará con la presencia de los mejores profesionales y empresas del sector.

La cuarta edición de SICO 2012 el salón de la construcción abrirá sus puertas con un espíritu renovado y con el objetivo de situarse entre los primeros salones de referencia a nivel nacional. Buscando las sinergias y oportunidades del sector, la Feria de la Construcción de Galicia 2012 contará con la participación y colaboración de las empresas más importantes del gremio. Además, SICO incorporará en su organización a las asociaciones y entidades que representan a los subsectores de la construcción.

Algunas de las asociaciones colaboradoras son las siguientes:

AECALPO
A.G.G
APCMC
APEC
APROIN
ASEMACO
ASIME
Cámara de Comercio de Vigo
CEP
FONCALOR
INSTALECTRA

Dentro de la gran apuesta de SICO por impulsar el sector, clave en nuestra economía, incluirá también la participación de diversos sectores estratégicos que completarán esta oferta expositiva:

Tratamientos exteriores
Instalaciones
Protecciones
Obra Pública

Señalar que esta feria estará integrada por los siguientes salones sectoriales:

Salón de las Energías Alternativas
Enernova centra su trabajo en todos los aspectos relativos a las energías renovables y al medio ambiente aplicados a la construcción, un sector cada vez más en auge y en constante proceso de innovación y crecimiento.

Salón Internacional de la Piedra
La industria gallega de la piedra es conocida en todo el mundo y, tecnológicamente, una de las más avanzadas. No en vano, en Galicia, el granito o la pizarra son señas de identidad reconocidas en todos los mercados.

Por otro lado, España es el primer productor mundial de pizarra de techar, el primer productor europeo de granito, el segundo productor mundial de mármol y el tercero de rocas ornamentales tras China e Italia. Todos estos son avales suficientes para que el Salón de la Piedra reúna a las principales empresas del sector para conocer las novedades en maquinaria, extracción, tratamiento y aplicación.

Salón Inmobiliario de Galicia
El cambio que ha sufrido el sector inmobiliario motivado por la coyuntura económica de los últimos años ha modificado sustancialmente el comportamiento del mercado. Así, este salón tratará de dar salida al stock generado dentro del sector ofreciendo precios especiales.

Todas las empresas relacionadas con la venta de pisos construidos o en fase de construcción, promotores, entidades financieras, etc… tendrán su espacio en el mismo.

Por último señalar que esta feria tendrá lugar entre los próximos días 22 al 25 de marzo de 2012 en las instalaciones del recinto ferial IFEVI de Vigo (Instituto Ferial de Vigo), mostrándonos las últimas novedades del sector.

Para más información: www.feriasico.es

Nueva estructura del Ministerio de Fomento

La nueva estructura del Ministerio de Fomento dirigido por la Ministra Ana Pastor, ha sido aprobada en el último Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes día 30 de diciembre, mediante un Real Decreto que aprobaba la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, por la que se suprimen dos de sus tres secretarías de Estado, -cuyas competencias quedan agrupadas en la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras-, y se eliminan dos de las cuatro secretarías generales, manteniendo las de Infraestructuras y de Transporte. Con esta nueva estructura Fomento responde a la política de austeridad y eficiencia impulsada por el nuevo Gobierno.

El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:

1.La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras de la que dependen los siguientes órganos directivos:
La Secretaría General de Infraestructuras, con rango de subsecretaría, de la que dependen entidades fundamentales para el sistema general del transporte español como ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias), FEVE (Ferrocarriles de Vía Estrecha), CEDEX (Centro de Experimentación de Obras Públicas) o la consultora pública INECO.
Incluye también una Dirección General de Carreteras y una Dirección General de Ferrocarriles destinadas a la planificación, proyecto y construcción de las vías de comunicación terrestre propias de cada ámbito. La Dirección General de Carreteras, gestionará también las tareas de conservación y explotación de sus redes.
La Secretaría General de Transporte, con rango de subsecretaría, de la que dependen el ente público Puertos del Estado, AENA, RENFE o la sociedad de salvamento marítimo SASEMAR, dispone de tres direcciones generales destinadas a la ordenación del sector del transporte en cada uno de los modos existentes. Así, la Dirección General de Aviación Civil, la Dirección General de la Marina Mercante y la Dirección General de Transporte Terrestre se ocuparán de establecer y aplicar el marco normativo en el que debe desarrollarse el transporte de pasajeros y mercancías en sus respectivos ámbitos
La Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
Es responsable, entre otras funciones, de la ordenación general del sector de la edificación, la concesión de ayudas para la promoción y el acceso a la vivienda o la armonización de la actividad urbanística en España.
2.La Subsecretaría de Fomento: Como centro directivo que presta servicios comunes al conjunto del Ministerio se desglosa en:
La Secretaría General Técnica.
La Dirección General de Programación Económica y Presupuestos.
La Inspección General de Fomento.
La Dirección general del Instituto Geográfico Nacional.
Supresión de órganos directivos

Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación.
La Secretaría General de Vivienda.
La Dirección General de Relaciones Institucionales.
La Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda.
La Dirección General de Suelo y Políticas Urbanas.

Por último indicar que con esta estructura, con una única secretaría de Estado, va a permitir una mayor coordinación, mientras que las dos secretarías generales facilitan una planificación eficaz y un mejor desarrollo de la gestión en las áreas de infraestructuras y transporte, que a su vez garantizan el imprescindible nivel de interlocución con los sectores económicos interesados, las Administraciones Públicas territoriales, la propia organización de la Administración General del Estado y los organismos internacionales.

Para más información:
Ministerio de Fomento

Inversión en actuaciones de conservación y explotación de carreteras, 269 millones

El Gobierno autorizó actuaciones de conservación y explotación de carreteras por un importe de 269 millones de euros en el pasado Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes día 30 de diciembre.

Así el Consejo de Ministros autorizó un total de 10 contratos de conservación y explotación de carreteras de la Red de Carreteras del Estado. Estas actuaciones irán encaminadas a la defensa de la vía y a su mejor uso. En concreto, las obras de conservación y explotación de carreteras consisten en operaciones de viabilidad, actuaciones de seguridad vial, conservación ordinaria, vigilancia, inspecciones del estado estructural y funcional de las carreteras y de los puentes, la revisión y conservación de los túneles, la defensa del dominio público de las carreteras, así como el resto de los elementos que componen estas infraestructuras.

Indicar que los tramos de actuación de los contratos de servicios de conservación y explotación de carreteras estatales serán los siguientes:

En resumen que el Gobierno en estos contratos hará una gran inversión para la mejor de las carreteras.

Para más información:
Ministerio de Fomento

El Gobierno subirá el IBI (Impuestos de Bienes Inmuebles)

La subida del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) acaba de ser anunciado hoy por el Gobierno tras la reunión del Consejo de Ministros, con esta subida y dada la delicada actual situación económica que está atravesando el país, el ejecutivo espera recaudar 918 millones de euros.

Esta subida del IBI anunciada por el Gobierno será en principio temporal y estará vigente durante dos años, además esta subida no afectará a todas las viviendas, sino que esta subida del Impuesto de Bienes Inmuebles afectará al 50% de las viviendas, y afectará a aquellas viviendas cuyo valor catastral esté por encima del valor catastral medio de su municipio.

En cuanto a la cuantía en que se incrementará el impuesto, se dice que habrá unas tablas que se conocerán en breve.

En resumen, que uno de los impuestos que en muchos municipios españolas ha experimentado una subida más fuerte en los últimos años, para la mitad de las viviendas seguirá subiendo.

Se prorroga el IVA superreducido para la compra de vivienda nueva

El IVA superreducido para la compra de vivienda nueva acaba de quedar prorrogado hoy de manera oficial tal y como ha anunciado el Gobierno tras la reunión del Consejo de Ministros, así este IVA superreducido para la compra de vivienda nueva, que es del 4%, estará vigente durante todo este año 2012.

Esta medida, aunque ya la implantó el Gobierno socialista en su última etapa, estaba en manos del actual gobierno prorrogarla ó no, puesto que en principio era sólo hasta el 31 de diciembre de 2011, pero como ya anunció Mariano Rajoy en la campaña electoral y en el debate de investidura, se prorrogarán durante el año 2012.